Escrito por
Revista Ideele N°302. Febrero – Marzo 2022Constitución de consenso
Una Constitución debe reflejar el consenso de un país. Este consenso son los puntos en que estamos de acuerdo como comunidad nacional. La ley fundamental debe reflejar lo fundamental que compartamos como tejido social y para ello tiene que ser amplia en expresar la diversidad del país. Lo que no es consensual no puede ser constitucional. Lo que no es consensual tiene que tener un rango legal menor que el constitucional.
La Constitución de 1993 no refleja este consenso ni esta diversidad. Fue una Constitución hecha en un momento muy particular de zozobra y crisis política. El Congreso Constituyente de 1992 estuvo compuesto por 44 representantes del oficialismo, 6 del Movimiento Renovación y 8 de Partido Popular Cristiano, es decir, 58 de 80 representantes provenían de la derecha. Esa no es la composición política histórica del Perú, que sería gruesamente y con sus altibajos un tercio de derecha, un tercio de centro y un tercio de izquierda.
La Constitución de 1979 mal que bien sí expresaba la diversidad del país. Fue una Constitución emergida de elecciones en que el país salía una dictadura. La Constitución de 1993 emergió de elecciones en que el país entraba a una dictadura. Fue una foto congelada de un momento político inusual.
Las constituciones dan identidad nacional, son el testimonio de un conjunto humano que quiere vivir en sociedad. No están ahí como una emboscada en que el ganador se lo lleva todo y le impone su voluntad al resto de la sociedad. Por supuesto que éstas son las constituciones de gobiernos democráticos. Las de gobiernos autoritarios por supuesto que se basan en la imposición.
Al final del día, quienes mandan son las fuerzas sociales. Por ahora los poderes fácticos apuestan a defender el statu quo de la Constitución de 1993. Mientras no sientan presión del movimiento social no van a salir de su zona de confort. Hasta el momento, desde la caída del fujimorismo han logrado postergar el tema constitucional del orden del día, gobierno tras gobierno. Va llegando el momento en que no se pueda postergar más y se tenga que enfrentar el problema directamente.
Por eso es que la Constitución de 1993, surgida de una Mesa Directiva presidida por Jaime Yoshiyama, Carlos Torres y Torres Lara y Rafael Rey, difícilmente genera identificación en el país.
Constitución coyunturalista
La Constitución de 1979 habla por primera de economía social de mercado, siguiendo el modelo alemán de pacto social de postguerra. Este concepto fue recogido textualmente por la Constitución de 1993, pero con un claro énfasis en el mercado y no en lo social. Es una constitución librecambista, no de pacto social.
La Constitución de 1993 incide en el libre mercado, la libre competencia, la propiedad privada, la libertad de empresa, la libertad de trabajo, la libertad de contrato, la libertad de expresión. Lo cual está muy bien, pero descuida que el fin de la economía es maximizar el bienestar social y que el mercado es un medio para ese objetivo. Descuida que el mercado no siempre lo cumple y fracasa cuando hay externalidades, información imperfecta, poder monopólico o bienes públicos.
La Constitución de 1993 es una constitución coyunturalista, marcada por el trauma de los 1980s. Refleja el clima de su tiempo: una sociedad traumada por el desmanejo económico y la corrupción del gobierno de Alan García, hastiada de una devastadora guerra insurgente-contrainsurgente, influida por el fin de la Guerra Fría, el triunfo del capitalismo sobre el comunismo, y el supuesto fin de la historia, más el contexto latinoamericano de privatizaciones, achicamiento del estado, desregulación y flexibilización laboral.
Se requiere esencialmente un acuerdo a nivel de sociedad civil sobre la necesidad de una nueva Constitución. En el ejemplo chileno, las protestas masivas y persistentes hicieron entender a los poderes fácticos que tenían que firmar un nuevo pacto social, un compromiso, que fue firmado literalmente en un acta. En el caso peruano, falta ese paso. Una forma de facilitarlo es precisar el acuerdo: se puede prefigurar que la nueva Constitución estará basada en la Constitución de 1979 más actualizaciones.
Como congela la situación de 1993, con el tiempo es una Constitución que ha entrado en callejones sin salida y está siendo desbordada por la realidad. No está en capacidad de enfrentar las nuevas situaciones. Tanto derechas como izquierdas quieren cambiarla, pero por razones diferentes. Se apunta a cambios en lo político e institucional, pero también a cambios en lo económico. Sólo el sistema político tiene fallas de diseño a las que se suman las fallas que añade cada reforma constitucional de cada Congreso.
El camino constitucional
¿Cómo lograr una nueva constitución? El congreso aprueba un proyecto de reforma constitucional del artículo 206 que abra las puertas a una Asamblea Constituyente. Basta que se vote por mayoría simple, algo que no es imposible. Con eso no se requiere una segunda legislatura, pues el presidente, con ese proyecto aprobado, puede llamar a referéndum. Todo legal y constitucional.
No hay muchas dudas de que en un referéndum para aprobar una Asamblea Constituyente gane el SÍ. Tan claro es que habría aprobación que los partidarios del NO han hecho lo posible para cerrar toda posibilidad de consulta ciudadana. Esa es la verdadera fuerza del NO: el statu quo, el estado de cosas incuestionada de una constitución
El contenido constitucional
Pero esta es la parte formal. Se requiere esencialmente un acuerdo a nivel de sociedad civil sobre la necesidad de una nueva Constitución. En el ejemplo chileno, las protestas masivas y persistentes hicieron entender a los poderes fácticos que tenían que firmar un nuevo pacto social, un compromiso, que fue firmado literalmente en un acta. En el caso peruano, falta ese paso. Una forma de facilitarlo es precisar el acuerdo: se puede prefigurar que la nueva Constitución estará basada en la Constitución de 1979 más actualizaciones. Por ejemplo, la Defensoría del Pueblo fue una institución creada por la Constitución de 1993 y se la podría conservar modificando la Constitución de 1979. Un trato similar puede darse a otras instituciones, que tampoco son muchas, surgidas de la Constitución de 1993. La ventaja de esta figura es que se da una señal muy clara a los agentes económicos, sociales y políticos sobre qué podría salir como nueva ley de leyes. Esto es particularmente importante para los agentes económicos para los que una Asamblea Constituyente sin señales de un contenido posible les genera incertidumbre, mientras que una conversación alrededor de la Constitución de 1979 acota tal incertidumbre. Sin embargo, ninguna señalización reducirá esta incertidumbre a cero y ninguna tampoco reemplazará la necesidad de un diálogo nacional abierto y transparente, con las cartas sobre la mesa.
Al final del día, quienes mandan son las fuerzas sociales. Por ahora los poderes fácticos apuestan a defender el statu quo de la Constitución de 1993. Mientras no sientan presión del movimiento social no van a salir de su zona de confort. Hasta el momento, desde la caída del fujimorismo han logrado postergar el tema constitucional del orden del día, gobierno tras gobierno. Va llegando el momento en que no se pueda postergar más y se tenga que enfrentar el problema directamente.
* Descargo: El autor es Director Ejecutivo del Perú ante el BID. Las opiniones vertidas en el presente articulo son de exclusiva responsabilidad personal del autor y no representan ni al Banco Interamericano de Desarrollo ni a ninguna instancia del Gobierno del Perú.
Deja el primer comentario sobre "La nueva Constitución"