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Revista Ideele N°217. Marzo 2012La expansión incaica hacia el norte de Pachacútec Inca Yupanqui enfrentó la oposición Chanca en el siglo XV d.C. Es en esa confrontación que este gobernante prehispánico construyó —sobre cimientos Wari (500-900 d.C.)— Machu Picchu para sí y su panaca, siguiendo el derecho y la sucesión incaica.
Las relaciones de parentesco extendido fueron y siguen siendo particularmente importantes para la organización política, económica y religiosa de la sociedad andina. Al hablar de derecho entre los Incas a fines del 2011 hay que tomar en cuenta que estamos aludiendo a una cultura ancestral que aportó a la formación de la Nación peruana aun cuando su jurisprudencia fuera minimizada por la mentalidad occidental impuesta en los Andes desde los primeros momentos de la conquista española. En el país de los Incas, ha explicado el historiador Franklin Pease G.Y. (1939-1999), la fuerza impositiva que la ley posee le había sido otorgada por la divinidad.
Es en la Cordillera de Vilcabamba, donde se ubica Machu Picchu, donde Túpac Amaru I y la aristocracia Inca resistieron la presencia hispánica en los Andes hasta ser derrotados por las tropas del virrey Toledo en 1571. Parte de esta élite prehispánica permaneció en estas alturas, en lo que hoy llamamos “aislamiento voluntario”. Túpac Amaru II y sus huestes también fueron inicialmente acosadas en esta misma zona por las fuerzas realistas en 1780. Éste fue un movimiento de esquema mesiánico que anunciaba la próxima resurrección del Inca, aunque hay quienes ven en Túpac Amaru II a un precursor de la Independencia con una propuesta de cambio social que polarizó a la sociedad hispano-andina.
En el siglo XIX estos sucesos ya eran conocidos y estudiados por los investigadores anglohablantes de los incas, como bien sabía Hiram Bingham (1875-1956), profesor de la Universidad de Yale, cuando comunicó en inglés, y con una extraordinaria capacidad para fascinar largamente al mundo, que: “[…] luego de dirigir investigaciones interdisciplinarias había estado en Machu Picchu el 24 de julio de 1911, el último lugar que quedaba en América para explorar en soledad”. Además, gestionó que el gobierno central autorizara en 1912 la salida de un número indeterminado de materiales arqueológicos que la Yale Peruvian Scientific Expedition había reunido de Machu Picchu y su área adyacente; de inmediato el pueblo y la prensa cuzqueña hicieron saber al gobierno central su disconformidad con esta unilateral decisión.
En l916 el gobierno peruano resolvió que la “[…] Universidad de Yale y la National Geographic queden obligadas a devolver en el plazo de diez y ocho meses […] los objetos cuya exportación se le permite; debiendo remitirse al Ministerio de Instrucción también […] los estudios que respecto a ello se hubieran practicado, así como las fotografías que con motivo de dichos estudios se tomaren”. El pueblo cuzqueño siempre reclamó a Yale el cumplimiento de estas normas legales peruanas. El país y el mundo respaldaron este pedido de restitución cultural.
En noviembre del 2010 se firmó el Memorándum de Entendimiento entre el Perú y Yale para que unas trescientas piezas museables se exhiban en el Cuzco. Además, se han suscrito convenios entre el gobierno peruano y la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cuzco (UNSAAC), y de ésta con Yale, para formar el Centro de Investigación de Machu Picchu y la Cultura Inca. Esta cooperación interuniversitaria tiene que dialogar con la opinión pública cuzqueña sobre el desbalance existente entre el número de “objetos museables” actualmente bajo responsabilidad de la UNSAAC y el hecho de que el catálogo digital de Yale registrara, en el 2003, 4.902 conjuntos de materiales arqueológicos que sumaban casi 50.000 objetos individuales que, debidamente estudiados, serán “museables”.
Las especialistas y los especialistas preguntan cuándo pueden comenzar a investigar en el Cuzco y en formato digital los documentos de Bingham, es decir: “[…] los estudios que respecto a ello se hubieran practicado […]”, que se conservan en Yale. También se preguntan por qué el Perú no reconoce que tanto la National Geographic Society como los descendientes y las descendientes de Bingham siempre apoyaron esta restitución cultural.
Esta distinción universal conlleva el cumplimiento de observaciones y recomendaciones internacionales que el empresariado considera limitantes para intensificar el uso altamente rentable de Machu Picchu, aumentando su capacidad de carga
Panorama y proyecciones en el siglo XXI
Las celebraciones y conmemoraciones por el centenario de la primera visita de Bingham a Machu Picchu ofrecen evidencias del papel que tendrá en el país en las próximas décadas esta edificación Inca, representativa de una etapa de la historia de la humanidad. La preservación del perfecto ensamblaje de la arquitectura Inca con el entorno natural andino no cuenta para el sector turismo en sus esfuerzos por minimizar que el Perú inscribió en 1983 a Machu Picchu como Patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad, ante UNESCO. Esta política turística privada, avalada por el sector público de los sucesivos gobiernos desde 1996, se debe a que esta distinción universal conlleva el cumplimiento de observaciones y recomendaciones internacionales que el empresariado considera limitantes para intensificar el uso altamente rentable de Machu Picchu, aumentando su capacidad de carga.
El cuestionamiento judicial y su divulgación de la pertenencia de Machu Picchu a la Nación peruana y su gobernanza cuzqueña por las respectivas dependencias regionales de los ministerios de Cultura y del Ambiente es —sin lugar a dudas— el asunto más importante que emana de la parafernalia montada por el primer centenario de la largamente exitosa presentación de Machu Picchu para el mundo que hiciera Bingham en 1911. Esta presentación arraigó en la imaginación anglosajona —a mi entender— porque colocaba a esta llacta Inca en nuestro conflictivo origen hispano-andino que Bingham sustentaba en estudios académicos interdisciplinarios.
Esta querella judicial se inicia en 1929 con un pedido de expropiación planteado por José Emilio Abrill Vizcarra al Estado peruano, luego de observar el éxito de la sesgada presentación de Machu Picchu al mundo que hiciera Bingham, para que se le pague el justiprecio por estas ruinas incaicas que se asentaban en tierras heredadas por su esposa. Las autoridades políticas evadieron durante demasiado tiempo responderle formalmente que ello no era posible porque eran propiedad de la Nación. Este pedido, tramitado a través del Patronato de Arqueología del Cuzco, creado en 1929, ponía en la incómoda posición a sus directivos de no servir a un amigo y probablemente también pariente porque era de dominio público que el concepto de propiedad no era igual en los Andes que en España en el siglo XVI, y que tanto la legislación colonial como la republicana respetaban la manera en que el derecho y sucesión incaicas a la propiedad inmueble se aplicaban a las huacas o lugares sagrados precolombinos.
En el 2003 algunos de sus descendientes han enjuiciado al Estado para que les devuelva “su” propiedad y les pague unos astronómicos devengados. Paralelamente, la familia Zavaleta Zavaleta también ha enjuiciado al Estado para que les devuelvan y les paguen devengados, también astronómicos, por los terrenos en que se encuentra Machu Picchu que su antepasado le compró a Abrill Vizcarra en 1943, que les fueron expropiados y pagados por la reforma agraria de la década de 1970. Ambas querellas están siendo denegadas en las respectivas instancias judiciales.
Coincidentemente, El Comercio de Lima ha publicado en el 2011 el libro de divulgación El último secreto de Machu Picchu: Quién es dueño de la Ciudadela de los Incas, afirmando que está bien documentado y actualizado para avalar que la legalidad peruana tiene como único referente cultural la jurisprudencia española. Este influyente medio de comunicación, para dejar de lado el Derecho Incaico, respalda un documento que sintetiza así: “Resolución Suprema N° 2511: por acuerdo del Consejo de Ministros, la solicitud de expropiación ha sido aceptada”.
La conmemoración centenaria del inicio de la arqueología y el turismo en Machu Picchu, siguiendo a Bingham, incluye el articulado trabajo interdisciplinario y pluricultural en red conducente tanto a la preservación de este Santuario Histórico de la Humanidad como al esclarecimiento de la inconsistencia de este reclamo por su propiedad. Así, en junio pasado la Pontificia Universidad Católica del Perú puso en su portal electrónico copia del amicus curiae que le ha enviado al juez pertinente. Este informe jurídico, no solicitado por ninguna de las partes:
[…] demuestra que mediante una concatenación normativa, se le otorga al Estado la potestad de salvaguardar los monumentos, templos y santuarios considerados patrimonio de la Nación, al tener valor cultural que encierra rasgos de nuestra civilización inca y de nuestras antiguas formas de organización social. Ello refleja que, actualmente, Machu Picchu, Huaynapicchu, Phuyupatamarca, Sayaqmarca y Wiñayhuayna, reciban otro tratamiento legal a raíz de su concepción como Patrimonio Cultural de la Nación.
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