El desafío de la lucha anticorrupción

Escrito por Revista Ideele N°217. Marzo 2012

Para nadie es un secreto que el despliegue de la corrupción durante el decenio fujimorista liquidó las instituciones introduciendo núcleos de descomposición en cada una de ellas. La consecuencia directa de aquello fue la crisis de gobernabilidad en que se sumió el país en los años posteriores, pero un fenómeno todavía más nocivo iba apareciendo y se presenta aún hoy como un grave efecto de esos años: el ciudadano ha visto decaer la garantía de sus derechos fundamentales, labor que le compete constitucionalmente al Estado, pero de la que muchas veces ha abdicado por su precariedad institucional.

Frente a esa realidad, la historia de la lucha anticorrupción ha transitado por diversos enfoques. El primero privilegió una impronta fundamentalmente punitiva. Durante los años siguientes a la caída del régimen de Fujimori se levantó un sistema especializado que investigó, procesó y condenó a muchos personajes que en la historia pasada habían hecho valer siempre sus influencias para permanecer impunes. Simultáneamente, se emprendió una labor de búsqueda de reparación del daño infligido al Estado por delitos de corrupción y un retorno de los bienes o dinero producto de esa actividad ilícita. Mecanismos como la Ley de Colaboración Eficaz y la Asistencia Legal Mutua permitieron la repatriación de más de 200 millones de dólares depositados en bancos del extranjero, hecho inédito en la historia del país.

Sin embargo, no acompañó a ese esfuerzo una mirada distinta de la estrictamente jurídica. No importaba conocer las causas, formas, efectos, ni la dimensión real de la corrupción, sino solo castigarla, lo que se hizo con una eficacia emblemática en la región (y acaso en el mundo entero). Pero a toda primavera sucede el otoño, y unos años más tarde el apoyo estatal al subsistema instaurado empezó a decaer mientras se reclamaban competencias para intervenir también en casos de corrupción de funcionarios oficialistas. En simultáneo con ese declive, el fenómeno de la corrupción se empezaba a abordar también desde la academia, y la cooperación internacional comenzó a inyectar fondos para el estudio de otras formas de combatirla. No obstante, lamentablemente, estos estudios no han aterrizado en medidas preventivas concretas ni en recomendaciones de políticas públicas efectivas o en diagnósticos certeros que nos hablen de las dimensiones reales de la corrupción y no de la percepción del ciudadano sobre su incidencia.

A lo largo de estos últimos años se han repetido las actividades de performance simbólicas, como si ésa fuera un arma de combate, iniciativas que se han desarrollado sin conexión con los decisores de la política pública (pasacalles, conciertos, festivales o eventos académicos sin conclusiones o compromisos concretos). Estas manifestaciones suponen memoriales o símbolos que debieran implementarse cuando el problema ha sido superado, pero no pueden convertirse en una estrategia de erradicación.

Una nueva mirada al problema
Al iniciarse este nuevo periodo de gobierno, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos recibe el encargo de reestructurar las procuradurías anticorrupción. La situación inicial era caótica: no existía una base de datos que diera cuenta del número real de procesos de corrupción en los que intervenía la defensa jurídica del Estado; no se conocía la situación jurídica de los procesados ni cuántos de ellos habían pagado las reparaciones civiles (exigidas en sus sentencias), ni cómo debía hacerse la distribución de las causas entre un escaso número de abogados y una logística precaria. Frente a esta realidad, el Ministerio de Justicia impulsó —e impulsa todavía— la ejecución de tres medidas fundamentales:

  1. La fusión de la Procuraduría Ad Hoc para los Casos Fujimori y Montesinos y la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción (la naturaleza temporal de la primera no podía prolongarse por mucho tiempo más, y la necesidad de contar con una sola base de datos era un requerimiento urgente).
  2. La creación de una Unidad de Análisis Financiero y un Observatorio de la Corrupción, para incorporar unidades de inteligencia ajenas a la labor de litigio.
  3. Una nueva estrategia de defensa nacional, consistente en recomponer el sistema descentralizado desmantelado en los años previos.

No es posible que mientras las tiendas por departamentos incluyen acoso permanente y la inclusión del deudor en centrales de riesgo, el Estado no cuente con ningún mecanismo de coerción para el cobro

La inteligencia en favor de la lucha anticorrupción
La Procuraduría Anticorrupción tiene como fines fundamentales la recuperación de los bienes o activos producto de la corrupción y la persecución del pago de las reparaciones civiles por concepto de indemnización por el daño infligido al Estado. Estos objetivos no pueden consolidarse con la existencia solitaria de una unidad de litigio. Si no conocemos la presencia, dimensiones, estrategias y movimientos del enemigo, la guerra empieza perdida.
En los primeros días de la nueva gestión de la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción, el Ministerio de Justicia solicita apoyo a la cooperación internacional para la reformulación de la nueva oficina de la Procuraduría. Así, la GTZ (Cooperación Alemana) propone una nueva estructura que excede la unidad de litigio que en los años previos había constituido el íntegro de los esfuerzos de la defensa jurídica del Estado en materia anticorrupción.

De esta forma se plantea la creación de dos órganos de apoyo absolutamente funcionales al propósito señalado:
Primero, una Unidad de Análisis Financiero y Pericial, que volviera la vista a la necesidad de ir tras la ruta del dinero defraudado al Estado o el que se negaba a ser devuelto por los condenados en el sistema. Esta Unidad debería prever un doble esquema: por un lado, un área dedicada a ejecutar los embargos trabados en años anteriores para asegurar el pago de las reparaciones civiles y proponer nuevos mecanismos para obligar a los morosos (sujeción de beneficios penitenciarios al pago de la reparación civil, muerte civil para el deudor, imprescriptibilidad de las deudas por reparación civil, etcétera); y, por otro, un área dedicada a la detección y repatriación de fondos provenientes de actividades ilícitas (decomiso e incautación).

Segundo, un Observatorio, idea revolucionaria por donde se le mire: nunca antes se había decidido la constitución de un grupo de personas que, con enfoque multidisciplinario, fuera funcional a la intervención de la defensa del Estado en los procesos y, además, trascendiera esa tarea mostrándonos al enemigo tal cual es para saber cómo enfrentarlo, colaborando en hacer cada vez más esporádica su presencia.

Estos dos órganos de apoyo forman hoy parte de la nueva Procuraduría. El Observatorio cumple con tres mandatos: primero, sistematiza la información existente y sale al campo para detectar la concentración y distribución de la corrupción; segundo, construye indicadores que permitan valorar los casos de acuerdo con su importancia para definir estrategias de afrontamiento; y, tercero, desarrolla políticas públicas de prevención a partir de la información analizada (trascendiendo al objetivo meramente punitivo). Este desempeño necesita de un enfoque distinto del puramente legalista, por lo que el Observatorio ha desarrollado un prisma diferente para comprender el fenómeno de la corrupción. Por un lado, vinculándola con los derechos afectados para discriminar la importancia y valoración de cada caso; y, por otro, con el convencimiento teórico de que se enfrentan los estertores de una organización criminal que asaltó al Estado, para lo cual es necesaria una mirada histórica que apunte, en última instancia, al objetivo de consolidar una democracia puesta en suspenso.

La Unidad de Análisis Financiero y Pericial, a su vez, es un órgano especializado que busca el cobro de las reparaciones civiles y la repatriación de activos. En este sentido, es importante señalar que mucho del dinero congelado en el extranjero todavía no se recupera, lo que hace urgente contar con un equipo consolidado que permita avanzar en los procesos de ayuda legal mutua establecidos en los mecanismos internacionales de lucha contra la corrupción y lavado de activos suscritos por nuestro país. Empeños como la inclusión del Estado Peruano en el capítulo anticorrupción de la OCDE y la adopción de la Convención contra el Soborno Transnacional no deben detenerse.

También es tarea fundamental de esa Unidad el cobro efectivo de las reparaciones civiles adeudadas al Estado. No es posible que mientras las entidades financieras, las tiendas por departamentos, las compañías de teléfono y otras establecen mecanismos de cobro de deuda que incluyen acoso permanente y la inclusión del deudor en centrales de riesgo, las deudas del Estado no cuenten con ningún mecanismo de coerción para su cobro. El acreedor en un caso es un empresario —generalmente transnacional— empeñado en conseguir mejor rendimpiento producto de su actividad, en tanto la deuda por reparaciones civiles tiene por acreedor a la sociedad en su conjunto, es decir, es dinero de todos los peruanos. La ecuación es muy fácil de dilucidar.

A siete meses de iniciado el Gobierno, esta nueva estructura debe consolidarse con el apoyo (cuyo primer impulso ya es una realidad) recibido del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del Gobierno en general. Solo queda esperar que los cambios consoliden la nueva estrategia y los resultados demuestren que a los grandes retos hay que oponerles inteligencia, compromiso y decisión.

Sobre el autor o autora

Julio Arbizú González
Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Ex consultor adjunto del Banco Mundial. Ex Procurador Anticorrupción del Estado peruano.

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