¿Indígenas? Pero si usan celular
¿Indígenas? Pero si usan celular
Insistiendo en lo evidente, el derecho a la consulta previa e informada no se cumple y todavía buscamos signos creíbles que nos anuncien lo contrario. No se ha cumplido después de la firma peruana del Convenio 169 de la OIT, ni tampoco después de la Ley de Consulta Previa. El arreglo de procedimientos e instituciones que siguieron a ésta parece haberse quedado a medio terminar, y sin uso. Al final, habría sido suficiente la duda mayestática de la antropología presidencial para concluir que nadie es indígena: ¿Indígenas? ¿Pero qué indígenas? Por favor, si usan celulares.
En este desafortunado evento se distinguen facetas muy notables. Por ejemplo, hay leyes que se discuten, elaboran y promulgan, pero que no se cumplen. Además, los gobernantes no se sienten obligados a dar explicaciones. Y no encontramos un dispositivo del régimen democrático que nos permita exigir una rendición de cuentas que sea genuina, es decir, honorable, argumentada y ajustada a procedimientos institucionales.
Sobre una de estas facetas indagamos en este artículo: la insignificancia práctica de los sujetos indígenas como titulares de derechos, lo cual nos conduce a la pregunta de si ello es acaso la expresión de un racismo institucionalizado.
En principio, recordemos que el Convenio 169 de la OIT establece la responsabilidad de los gobiernos de desarrollar “una acción coordinada y sistemática con miras a proteger los derechos de esos pueblos y a garantizar el respeto de su integridad”; y que esta acción debe realizarse “con la participación de los pueblos interesados” (artículo 2.°, ítem 1).
Citamos este texto porque señala la pauta de medida a partir de la cual podemos dimensionar las cosas. Es decir, esta pauta no es la participación, sino la “acción coordinada y sistemática” de protección estatal de los derechos de los pueblos indígenas, que no puede sino comprenderse como una política integral de promoción y protección de estos derechos. La participación, texto subordinado en el artículo, adquiere su verdadero sentido en relación con esta política integral de derechos.
Pues bien: esta política ha brillado por su ausencia en la práctica gubernamental de nuestro régimen democrático. Ha habido procesos de diálogo que trataron integralmente el tema; los más importantes, durante el gobierno del presidente Paniagua y en el contexto del conflicto de Bagua. También, sendos mecanismos análogos a una institucionalidad estatal en materia indígena (CONAPA e INDEPA), que han quedado prácticamente en nada. Además, algunas normas jurídicas vinculadas a políticas sectoriales como la Ley Forestal y de Fauna Silvestre, el régimen de protección de los conocimientos tradicionales asociados a los recursos biológicos y la Ley de Educación Intercultural Bilingüe. Seguramente el organismo estatal de mayor jerarquía a que éstas han dado lugar ha sido la Dirección General de Educación Intercultural Bilingüe y Rural (DIGEIBIR), cualquiera que haya sido su eficacia, frente a un mínimo Vice Ministerio de Interculturalidad. Podríamos destacar el celo del INDECOPI en el cumplimiento de sus tareas de protección de los conocimientos colectivos, y la labor de no pocos esforzados funcionarios, allí donde se encuentren.
Pero este panorama releva precisamente la pertinencia de la fórmula del artículo 2.° del Convenio 169 de la OIT: una acción coordinada y sistemática de protección de derechos. Sin ésta, las medidas no solo son parciales sino también subalternas y precarias, tendiendo a su incumplimiento sistemático, sobre todo cuando contradicen a las líneas maestras de la política gubernamental.
Entonces, tomando el toro por las astas, ¿cuál es el lugar de las sociedades indígenas en el actual esquema político de crecimiento económico? Desde el punto de vista que nos interesa ahora, éste tiene dos dimensiones estructurales: primera, desarrolla una nueva colonización del territorio nacional, redefiniendo su función productiva y desplazando a formaciones socioculturales que no son competitivas en materia de rentabilidad; segunda, redistribuye recursos mediante los servicios públicos de salud y educación, las políticas de alivio a la pobreza y los mecanismos descentralizados del gasto público.
En la primera dimensión, el marco de la inaplicación de la Ley de Consulta Previa, las comunidades campesinas y nativas, aunque no solo ellas, no tienen prácticamente derechos. Si no, véanse los reportes sobre conflictos sociales de la Defensoría del Pueblo, de donde puede colegirse con claridad que las comunidades y otras sociedades locales luchan por derechos conculcados.
En la segunda dimensión, las comunidades tienen serias dificultades para ser reconocidas como agentes, es decir, como sujetos colectivos de derechos civiles y políticos. Un solo ejemplo: el aparato institucional de la descentralización política ignora la agencia comunal, aun cuando las comunidades sean mayoritarias en muchas jurisdicciones distritales. Por supuesto, puede citarse alguna excepción, pero estas golondrinillas no hacen ningún verano.
Podría decirse que ésta es la situación general de las poblaciones peruanas situadas en los márgenes del Estado, y no solo de las comunidades indígenas. Sin duda es cierto, y qué vergüenza. Pero el punto es el siguiente: estas comunidades han sido objeto de abuso y se encuentran en condición histórica de desigualdad por el hecho de ser indígenas, esto es, por su etnicidad. Las comunidades persisten en organizarse de acuerdo con un modo de ser social que tiene el estatuto de identidad cultural, de suyo, innegociable. Ésta es la matriz histórica del Convenio 169 de la OIT.
Que las identidades indígenas sean históricas y que puedan renovarse incluso, hipotéticamente, apropiándose de formas culturales mercantil-capitalistas en ciertos contextos y hasta el punto en que no las destruyan, es algo que no tiene nada que ver con el abuso ni con la discriminación.
A mis amigos antropólogos acosados por el fantasma del esencialismo, les sugiero la terapia que nos ayuda a entender a todos cómo se imbrican las pulsiones crematísticas del actual crecimiento económico con el racismo. Sospecho que una pista es el estudio de las formas culturales del capitalismo poscolonial.