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El 9 de abril del 2009, los integrantes de varios grupos étnicos de la Amazonía peruana iniciaron el “paro amazónico”, que se desarrolló en toda la región. En el caso específico del departamento de Amazonas, se bloqueó la carretera Fernando Belaunde Terry (ex Marginal) con la finalidad de ejercer presión contra los poderes Ejecutivo y Legislativo y reclamar la derogatoria de varios decretos legislativos, en especial el 1064 y el 1090, que consideraban lesivos a sus intereses, relativos al uso de la tierra, el agua y los recursos forestales, y para rechazar las concesiones mineras, de hidrocarburos y forestales en territorios selváticos donde se asientan estos grupos étnicos.
Como se recordará, el 5 de junio del 2009 el gobierno aprista, haciendo uso de un cuestionable cálculo político, desconoció las protestas y ejecutó, para el restablecimiento del orden público, tres planes operativos que tenían como objetivo el desbloqueo de la carretera FBT con el uso (desmedido) de las Fuerzas Policiales, lo que trajo como consecuencia la muerte de policías y nativos, así como las lesiones —en algunos casos irreparables— de lugareños que, sin haber participado del paro amazónico, resultaron heridos.
Como consecuencia de estos sucesos se abrieron distintas investigaciones, algunas dirigidas contra pobladores nativos y otras contra mandos policiales en agravio de lugareños de Utcubamba y Bagua, así como de algunos indígenas. APRODEH viene prestando asistencia legal en estos últimos casos. El 12 de mayo del 2011, dos años después de lo sucedido en Utcubamba, el Segundo Juzgado Penal Liquidador Transitorio, a cargo del juez Uldarico Bojórquez Padilla, decidió abrir investigación penal contra los generales de la PNP Luis Muguruza Delgado y Javier Uribe Altarmirano (como autores mediatos), así como contra el comandante Luis Enrique del Carpio (como copartícipe) por la comisión del delito de homicidio calificado en agravio de David Hasuito Mashigkash, Romel Tenazoa Sánchez, Jesús Carlos Timias y Genaro Chijiap Chamik; contra el general Luiz Muguruza Delgado, el comandante Juan Fernández Guevara y el comandante Walter Chicana Dett por el delito de lesiones graves en agravio de Santiago Manuin; y contra el mayor Yuri Coloma Pinillos por el delito de homicidio calificado en agravio de Alejandro Salazar Huamán y Porfirio Coronel Jiménez, así como por el delito de lesiones graves y lesiones leves en agravio de Jhon Estela Martínez, Robert Altamirano Jara, Roycer Chávez Martínez, José Adrianzén Medina, Adriano Chilcón Torres, Segundo Díaz Ortiz, Miguel Regalado Delgado, Jorge Salazar Saavedra, Norbert Tantaleán Tantaleán, Carlos Llanos Fernández, Alberto Vásquez Flores, Julio Vásquez Elera y los menores de edad Geiner Briones Rodrigo y Leidy Montes Gonzales.
El gobierno aprista, haciendo uso de un cuestionable cálculo político, desconoció las protestas y ejecutó, para el restablecimiento del orden público, tres planes operativos que trajeron como consecuencia la muerte de policías y nativos, así como las lesiones —en algunos casos irreparables— de lugareños que, sin haber participado del paro amazónico, resultaron heridos.
Los agraviados están participando en forma activa en el proceso, habiéndose constituido en parte civil. Se han llevado ya a cabo diversas diligencias, entre las que destacan las declaraciones de los procesados, víctimas y testigos, y la reconstrucción de los hechos tanto en la denominada “Curva del Diablo” como en la ciudad de Utcubamba. La Fiscalía ha solicitado un ampliación de 5 meses con el fin de llevar diligencias cruciales, como la declaración de la ex ministra del Interior Mercedes Cabanillas, la del ex ministro de Defensa Ántero Flores-Aráoz, y la del ex presidente del Consejo de Ministros Yehude Simon Munaro.
En relación con el de Utcubamba, el escenario jurídico varía mucho en la ciudad de Bagua, donde la investigación sobre los hechos ocurridos el 5 de junio del 2009 se encuentra con la aplicación del nuevo Código Procesal Penal, adecuación que se realizó el 3 de junio del año 2010 y en la que ha habido dos ampliaciones. El 19 de octubre último, la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bagua, a cargo de la abogada Mónica Cruz Luque, decidió el archivo de los hechos sucedidos el 5 de junio del 2009, a pesar de los gravísimos acontecimientos comprendidos en esta investigación, como la muerte de Abel Ticlla Sánchez y Jorge Pozo Chipana, así como las lesiones graves y leves causadas a Heriberto Cuñanchi Bizanquit, Filomeno Sánchez Bustamante, Jesús Saan Intakea, José Huamán Vera, Alviz Tupika Jempes, Wilder Ushop Chujai, Carlos Zevallos Quispe, Joseth Vallejos Alberca, José Julca Santa Cruz, Iter Santacruz Sarmiento, y a la menor Merly Calderón Vásquez.
Según señala en su resolución, el archivo se debe a que no se ha identificado a los responsables directos de la muerte y lesiones antes precisadas, decisión que colisiona con el derecho de las víctimas, por lo que ha sido recurrida al superior, sobre todo por tratarse de un caso que no se debe centrar en autores directos sino en quienes dieron la orden para atacar a la población. La figura que corresponde a este caso es entonces la de la autoría mediata, en la que el delito es realizado por el agente u hombre de atrás a través de un intermediario material o persona interpuesta.
Actualmente la decisión sobre la queja de derecho tiene que ser resuelta por el fiscal superior mixto de Utcubamba, el doctor José Loayza Ventura, quien decidirá si confirma el archivo o lo desaprueba y dispone formalizar investigación preparatoria para que continúen las investigaciones y se determinen responsabilidades de todas las personas que participaron en el caso en análisis, tal y como lo solicitó APRODEH.
Enviado por linder bari qui... (no verificado) el
muy bueno, brinda una panorámica clara de las variables jurídicas