Les pararon el macho
Les pararon el macho
El lote 116 comienza en Santa María de Nieva, se extiende por el río Santiago y finaliza en el Cenepa. Son 659 mil hectáreas de selva en el departamento de Amazonas: un área gigantesca en cuyo interior hay 73 comunidades indígenas y unas buenas tajadas de dos áreas naturales protegidas. En el año 2006, el lote 116 fue concesionado a una empresa petrolera sin que los habitantes de ese territorio estuvieran enterados. Una sentencia de la Corte Superior de Lima ha declarado fundada la demanda de las organizaciones indígenas, y esto le ha dado un giro inesperado a las historias de las consultas previas fantasmas o truchas. Para empezar, el juez Juan Macedo ha ordenado que las dos empresas que operan en la zona se retiren del territorio de los pueblos indígenas demandantes.
Ese año 2006, los funcionarios apristas dividieron el mapa de la Amazonía en cuadrantes y empezaron a lotizarlo y a concesionarlo como si estuvieran en una subasta. ¿Les interesó conocer qué estaban entregando, a quiénes perjudicaban, qué impacto posterior podría tener esa política de concesiones?
Dos años después, un grupo de funcionarios de Perupetro llegó por carretera desde Chiriaco, cruzó el río en botes y desembarcó en el puerto fluvial de Santa María de Nieva, un distrito rodeado de agua por todos lados. Es el punto de salida para internarse en el río Santiago primero, y luego llegar al Cenepa. Los funcionarios desplegaron su banderola, armaron su escenario e iniciaron un evento presencial de dos días para informar a las comunidades awajun y wampis que el Estado había firmado el contrato de licencia de exploración y explotación de hidrocarburos del lote 116 con la empresa Hocol Perú, que luego cambió su denominación social a Maurel et Prom, la segunda compañía top de hidrocarburos en Francia, que trabaja en 12 países.
Pasó un año entero para que los rumores se esparcieran por el río. Los dirigentes escucharon la alarma y reaccionaron. Ochenta y siete apus que representan a 55 comunidades de la cuenca del río Santiago, el más cercano al lugar elegido para iniciar la exploración, y del Consejo Awajun y Wampis- subsede Chapiza emitieron una declaración en la que rechazaron las actividades petroleras.
Al caballazo, salteándose las reglas de cortesía mínima, sin buscar el diálogo, sin que se le ocurriera consultar y sin importarle las expresiones de rechazo al proyecto, el Ministerio de Energía y Minas, a fines de ese mismo año 2009, aprobó el plan de participación ciudadana del Estudio de Impacto Ambiental para la perforación de cuatro pozos exploratorios. Posteriormente la propia empresa reformuló el contrato y el número de pozos se redujo a dos.
La empresa Maurel et Prom se demoró un año más para organizar una primera ronda de talleres participativos. Según la información proporcionada por los propios dirigentes indígenas, la convocatoria no fue tan abierta como se decía y a muchos se les negó el ingreso. Las exposiciones fueron en castellano y los intérpretes brillaron por su ausencia. Se puede concluir que el único interés era cumplir con las formalidades y anexar la actividad en el informe dirigido al ministerio.
Lo mismo ocurrió con la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, hecho a espaldas de las poblaciones, creyendo que les podrían ocultar los posibles daños que la operación petrolera causaría en su territorio. Lo misma modalidad se repitió en las tres audiencias públicas que se realizaron en las comunidades de Kashap, Ciro Alegría y Santa María de Nieva.
La alarma fue creciendo, teniendo en cuenta que las amenazas en ese vasto territorio awajun-wampis se estaban acumulando: la minera Afrodita y su permiso para explotar oro, la construcción de la megahidroeléctrica Chadin II y sus impactos en la cuenca del río Marañón, y la plaga de la minería informal que ya está carcomiendo los bosques.
Las organizaciones indígenas hicieron una petición formal al Ministerio de Energía y Minas, solicitando que se realice la consulta previa, un procedimiento que en siete años nadie había siquiera mencionado. El ministerio rechazó el pedido con el argumento de que la firma del contrato fue anterior a la vigencia de la ley de consulta previa. La misma respuesta la obtuvieron del Viceministerio de Interculturalidad, el ente que debería velar por sus intereses. La viceministra sostuvo que “no es posible consultar medidas ya aprobadas”.
Más bien, la empresa Maurel et Prom tomó el camino opuesto y empezó a negociar un acuerdo social con la comunidad Kashap, en la que se iban a perforar los dos pozos en esa primera etapa de exploración. La estrategia para comprar a los dirigentes le dio buenos resultados y le significó un desembolso que utilizó para construir una posta médica, colocar antenas para captar la señal de celulares e instalar un sistema de televisión por cable. Según el apu de Kui, la comunidad vecina, “ellos tienen un título tripartito, por lo que el apu Tjempes ha debido pedirnos permiso”. La dirigencia de la comunidad Ciro Alegría, en cambio, no aceptó que construyeran su campamento en ese centro poblado, como estaba planeado en el proyecto inicial. Ante eso, la empresa optó por concentrar la operación en la única comunidad que les abrió sus puertas.
La comunidad Kashap cedió dos hectáreas y media de su territorio para la construcción de una plataforma de exploración DOM-1 y una pista de aterrizaje. Un buen día unos estremecedores sonidos retumbaron en el bosque y sus alrededores. Los helicópteros Chinook 234, MI 17, Bell 212 y B3 aterrizaron para descargar equipos, maquinaria y personal. El tráfico en el río comenzó a alterarse también. Veloces deslizadores de hasta 90 caballos de fuerza; embarcaciones de madera que cargaban hasta cuatro toneladas río arriba.
Ya en ese momento se había incorporado otra empresa en calidad de socia: la canadiense Pacific Stratus Energy, que es la mayor productora de crudo en la vecina Colombia, y que ha sido denunciada por los líderes de los pueblos Sikuani, Prapoco y Achagua por no cumplir con los estándares exigidos por las normas nacionales e internacionales, y porque sustituyen las consultas por negociaciones bilaterales entre delegados de la empresa y autoridades indígenas que no representan a las comunidades y a las que les entregan prebendas. ¿Coincidencias?
Más de cien observaciones
Ciento doce -para ser más exactos- fueron las observaciones al Estudio de Impacto Ambiental presentado por Maurel et Prom, que posteriormente fueron levantadas una a una por el Ministerio de Energía y Minas. Nunca se cumplió con el reglamento para la protección ambiental en actividades de hidrocarburos (DS 015- 2006), que establece que Perupetro debe informar sobre las actividades que se realizarán y poner a las dos partes en contacto.
Hay denuncias actuales relacionadas con la afectación del suelo agrícola y la contaminación del agua con la consecuente muerte de peces. En un anexo del propio Estudio de Impacto Ambiental se explicita que los químicos que se utilizaron son corrosivos, inflamables y peligrosos para la fauna. Un estudio técnico realizado por Cooperacción indica que no se han hecho estudios hidrogeográficos para ubicar los acuíferos, que hay filtración de materiales tóxicos en los lodos de perforación, que hay almacenamiento de residuos peligrosos en territorios comunales.
Este hecho establece una flagrante violación de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos indígenas, firmada por el Perú en 2007, que incorpora un nuevo supuesto de consentimiento referido al almacenamiento y eliminación de materiales peligrosos en las comunidades indígenas.
Sin embargo, los impactos de esta primera etapa de exploración ya se dejaron sentir, y no solo en la comunidad Kashap, sino en un área bastante más extensa.
El paisaje se ha transformado de manera brutal después del desmonte y el descapote que fue lo primero que se intervino. Desapareció el pedazo de bosque y fue reemplazado por una pampa arcillosa en la que se ubicó el helipuerto en el que aterrizaban los helicópteros cargados de maquinarias y equipos. Un poco más allá se armó el campamento.
No tardaron en llegar los obreros, vistiendo overoles y cascos en medio del sopor de la selva, e iniciaron la construcción de las vías y las instalaciones de perforación: las zonas de depósito de materiales sobrantes de la exploración, la planta de energía, las torres, los almacenes de residuos sólidos y especiales, las pozas de quema, las pozas de cortes y los tubos de PVC para captar agua que atraviesan la superficie del terreno como culebras de plástico y terminan de darle a ese pedazo de selva alta su look de complejo industrial. Y cuando empezó la perforación el área se llenó de lodos espesos y pegajosos y de aceites lubricantes de desecho.
Se han almacenado residuos y químicos en la plataforma DOM 1. El ruido de la perforación asustó hasta al otorongo más feroz. En estos momentos hay dos pozos profundos en los que no se ha encontrado petróleo. En el primero una inmensa roca impidió que se siga perforando. Parecen las cavidades oculares de un animal prehistórico enterrado debajo de la tierra.
El apu de la comunidad Cui relata: “En quebrada hemos hallado lagarto muerto. ¿Cuándo se ha visto? Lagarto aunque das palazos no muere, es como piedra. También pavazo del monte estaba muerto porque se ha ido a tomar agua. Los pajaritos que cantan cuando amanece se han muerto. La gente de Kashap se bañaba en el río y le salieron en cantidad ronchas. ‘ Yo les voy a apoyar con calamina, motores, dos mil soles para padre y para madre’, les dijeron los petroleros”.
El propio Estudio de Impacto Ambiental determina los siguientes impactos en las fases preoperativa y operativa: incremento de niveles sonoros, afectación del agua superficial, vertimiento del agua tratada al río, alteración de la res de drenaje, pérdida de suelo, compactación de suelos, incremento de procesos erosivos, alteración del paisaje, afectación de cobertura vegetal, alejamiento y afectación de la fauna. Los impactos sociales son: alteración de la vida cotidiana, incremento de la migración local, incremento de la caza y tala ilegal, incremento de la inseguridad ciudadana, agudización de conflictos sociales, interferencia en el uso de tierras comunales.
La falta de transparencia es alarmante. El trato y la actitud de los ingenieros de la empresa no cambia a pesar de los años y de la acumulación de malas experiencias. Transcribimos el audio de un video grabado en su celular por un poblador de la zona que fue invitado a conocer las instalaciones.
Poblador: “¿Ya está la perforación?” Supervisor: “Todavía falta, cholo”. Poblador: “Perforación, ¿cuántos metros han avanzado?” Supervisor: “Ah no, esa es información confidencial, cholo. No se puede decir así nomás”. Poblador: “Pero los comuneros están esperando para saber eso: profundidad. Por eso estoy preguntando”. Supervisor: “Sí, pero nosotros no podemos decir nada más. Tienen que hacer requerimiento formal a Pacific”.
El dato de Cooperacción establece que el pozo Fortuna 33 debe tener 11,474 pies de profundidad, es decir, 3500 metros aproximadamente. Wrays Pérez vive en Villa Gonzalo, una comunidad wampis que está dentro del área concesionada. “Están usando contaminantes para excavar los 3500 metros de profundidad de la plataforma. Estos químicos se van a las quebradas donde las comunidades toman agua, ya que no contamos con agua potable. Tomamos agua limpia de la quebrada que está siendo contaminada con los químicos que usan para hacer la perforación”, denuncia.
"Desapareció el pedazo de bosque y fue reemplazado por una pampa arcillosa en la que se ubicó el helipuerto en el que aterrizaban los helicópteros cargados de maquinarias y equipos. Un poco más allá se armó el campamento".
Algo que también hay que resaltar es que las empresas petroleras contratan antropólogos como relacionistas comunitarios que se limitan a negociar obras y dádivas, y que se han olvidado de aquellos años en los que estudiaron con fascinación la identidad cultural de estos pueblos. El desprecio por las creencias ancestrales vino posteriormente, cuando asumieron una posición pragmática que les aseguraría la sobrevivencia económica. Ahora no se acuerdan lo que significa que el lote 116 se superponga a la reserva comunal Tuntanain y la zona reservada Santiago Comaina.
Ismael Vega, director del Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), sostiene que para los pueblos awajun y wampis “afectar los bosques, ríos y cuencas sería interferir directamente con los lugares donde habitan dos de las deidades más importantes para este pueblo: Nugkui y Tsugki, que son fuente de dos de las actividades sociales fundamentales: el cultivo y la artesanía, practicados por las mujeres, y los ritos chamánicos. Si las cataratas, los ríos y los principales cerros no están intactos, se pierde el ajútap y con ello se interrumpe la relación con los seres de la naturaleza, la adquisición de visiones del buen vivir y la transmisión de conocimientos vitales”.
Después de tantas fallas, un buen fallo
El Estado peruano firma convenios internacionales y los incumple. Por eso termina demandado, como ha ocurrido con el Ministerio de Energía y Minas y Perupetro. Una resolución judicial histórica ha aceptado la demanda de amparo por violación del derecho a la consulta previa y derechos conexos presentada por los pueblos indígenas awajun y wampis
Zebelio Kayap, Santiago Manuin, Wrays Perez y Ananías Shawit bajaron del micro un poco aturdidos y caminaron bien abrigados para protegerse del frío limeño, hasta el Instituto de Defensa Legal, ubicado en el cosmopolita distrito de San Isidro. Llevaban el documento del primer y segundo encuentro de los pueblos awajun y wampis sobre actividades extractivas en el que acordaban rechazar las operaciones petroleras en su territorio. Se reunieron con los abogados del área de litigio y prepararon la demanda que se presentó el 12 de agosto del 2014, a nombre de la Organización de Desarrollo de las Comunidades Fronterizas del Cenepa. A este esfuerzo se unieron Cooperacción, CAAAP y SAIPE.
Después esperaron pacientemente por más de dos años, hasta que finalmente el Cuarto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia la declaró fundada. Juan Carlos Ruiz, del IDL, es el abogado que trabajó la demanda. Declara: “Estamos ante el primer caso en el que comuneros indígenas le ganan al sector de hidrocarburos en la primera instancia del Poder Judicial”.
La demanda planteaba que el Estado había violado el derecho de los pueblos indígenas awajun y wampis a la consulta previa, y que con ello también violó su derecho al territorio, a la salud, a la identidad cultural y a vivir en un medio ambiente sano y equilibrado.
Como era de esperar, la sentencia ha generado un terremoto en el Ministerio de Energía y Minas. El argumento de las empresas petroleras y mineras es que la consulta previa no se tiene por qué aplicar a los lotes concesionados antes del 2011, es decir, antes que el expresidente Ollanta Humala promulgue la Ley de Consulta Previa. Sin embargo, ahora el tema ha quedado dilucidado: la consulta previa se puede exigir desde 1995, el año en que el Perú firmó el convenio con la OIT.
Estos dos párrafos de la sentencia deben cambiar para siempre la realización de la actividad extractiva en el país. Salvo que la segunda instancia, adonde ha apelado la empresa, no la ratifique.
“La obligación del Estado Peruano para realizar la consulta previa en cada ocasión que estén involucrados los pueblos indígenas data de febrero 1995 con la entrada en vigencia en el Perú del Convenio 169.” [Fundamento 49].
“Si bien el convenio internacional no establece procedimientos específicos de cómo realizar dicha consulta, lo cierto es que sí brinda los lineamientos jurídicos claros y suficientes para que su aplicabilidad por parte de los Estados fuera de inmediato.” [Fundamento 50].
Pero no es la única consecuencia. La sentencia afirma que el Estado peruano ha cometido un fraude contra el derecho internacional al no cumplir con el convenio 169 de la OIT. Esto se agrava porque en el año 2002, el Ministerio de Energía y Minas emitió una resolución ministerial en la que establece que “en los casos de contratos de licencia y servicios que suscriba Perupetro con los contratistas, no se exigirá el procedimiento de consulta previa a cargo del Estado durante los siguientes cinco 5 años.” (RM 596 -2002).
Esta norma es ilegal porque una resolución ministerial no puede ir en contra de un convenio internacional, que está por encima de la Constitución. Y lo hicieron a sabiendas: pusieron de manera expresa que no se iba a realizar la consulta.
La sentencia ha declarado nulo todo el proceso, desde la autorización del contrato en el 2006 para la explotación de hidrocarburos hasta el estudio de impacto ambiental, porque al no hacer la consulta se ha pasado por encima de la Constitución. Por lo tanto, lo que no se ha consultado no tiene validez jurídica. “De acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico, los convenios internacionales en materia de derechos humanos tienen rango constitucional, es decir, tienen el mismo valor que la Constitución. Por eso se debió aplicar desde que el Congreso ratificó el convenio 169 de la OIT”, sostiene Juan Carlos Ruiz.
En cambio, el presidente de la Sociedad Peruana de Hidrocarburos (SPH), Fernando Cantuarias, piensa que la sentencia atenta contra la seguridad jurídica en el Perú y es una pésima señal para las empresas que se dedican a la extracción de los recursos naturales: “El mensaje que se envía es que los contratos firmados con el Estado peruano tienen una fragilidad peligrosa, que representan un riesgo para cualquier inversión. Es casi una advertencia de que nuestro país no es un buen destino para invertir”, sostiene.
El Estado de derecho versus el estado de cosas
El argumento de la empresa y del Ministerio de Energía y Minas de que recién a partir del 2011 se hacía obligatorio aplicar la Ley de Consulta Previa, también pierde consistencia porque el Estado durante la década de los 90 y a inicio de los 2000 ( 1993, 1996, 2000, 2002, 2006 ) emitió varios reglamentos de consulta, y el 2002 incluso habilitó un reglamento de consulta previa.
“Afirmar que no pudieron realizar la consulta porque solo desde 2011 existe una ley de desarrollo, es un simple pretexto”, indica la sentencia. También señala que si entre 1995 hasta 2011 no existió una ley específica, nada impedía que las entidades estatales incorporasen cualquier mecanismo de participación ciudadana en los términos claros y vinculantes del Convenio 169.
“En un contexto donde el derecho de los pueblos indígenas a la consulta previa está siendo vaciado de contenido al momento de su implementación, esta sentencia intenta recordarnos cuál es el verdadero sentido de la consulta previa y, sobre todo, las consecuencias jurídicas de su omisión”, sostiene Juan Carlos Ruiz.
A sabiendas de que se estaba vulnerando la ley, la empresa no realizó la consulta y persistió en la falta. Tal vez pensaron que nada iba a ocurrir, como suele pasar en el país. Solo que esta vez se toparon con un juez que tuvo un inusual sentido de justicia cuando se ventilan casos de empresas extractivas, y con un grupo de dirigentes indígenas recios y reacios. Esta vez el abuso no pasó.
¿Y qué dicen los dirigentes indígenas? En el Cenepa cultivan yuca, cacao y café. Es una agricultura de subsistencia, pero ellos no se sienten pobres. Wrays Perez manifiesta: “Nosotros tenemos agua, recursos, chacras, nadie duerme sin comer en la comunidad. Lo que nos falta es convertir esta riqueza en moneda. El Estado tiene que estar para que el plátano y la yuca tengan mercado, para que la madera tenga valor agregado; para que la actividad turística atraiga a los turistas, en vez de estar pensando en el petróleo o en la minería. La pobreza está acá en Lima, donde la gente está pidiendo limosna en las calles”.
" [...] Esta vez se toparon con un juez que tuvo un inusual sentido de justicia cuando se ventilan casos de empresas extractivas, y con un grupo de dirigentes indígenas recios y reacios. Esta vez el abuso no pasó".
Más allá de la idea que tenga cada quién de la pobreza, lo cierto es que los indicadores económicos y sociales revelan el abandono del Estado en esta zona. El dirigente awajun Zebelio Kayap refiere que en su territorio, la provincia de Condorcanqui, los índices de pobreza superan el 45% y la desnutrición infantil está en 60%. También denuncia que en el distrito del Cenepa la incidencia del Sida supera al 70% de la población, y que no cuentan con el apoyo suficiente del Ministerio de Salud para contrarrestar esta epidemia.
Lo curioso es que el diagnóstico de los dirigentes indígenas no se aleja mucho del que tienen en la Sociedad de Hidrocarburos. Felipe Cantuarias critica el fallo, pero reconoce la miserable situación en la que se encuentra la población de la zona que exploran: “Resulta paradójico, pero este fallo no sólo afecta a las empresas, sino que es muy injusto para las propias comunidades del Cenepa donde la incidencia de pobreza es del 84% y la desnutrición infantil llega al 47%” (declaraciones a El Comercio).
Las cifras que manejan son similares, pero mientras Cantuarias considera que la solución a la pobreza está en la explotación del petróleo, Zebelio Kayap considera que esta actividad no les va a generar ningún beneficio. Prueba de ello es que durante todo este tiempo -casi 10 años- la empresa ha desembolsado varios millones de dólares que no han variado en nada sus condiciones.
Kayap manifiesta: “Ellos dicen que han invertido 100 millones de dólares, pero eso no se ha reflejado en los índices de pobreza, extrema pobreza o desnutrición infantil. Hemos hecho un diagnóstico de en qué han invertido el dinero y ha sido en las empresas contratistas, en vuelos de helicópteros, en pagos de manos de obra mayormente a los profesionales, en alquiler de locales, en capacitación sobre cómo desarrollar actividades hidrocarburíferas y no en los proyectos productivos”.
Como hemos mencionado, la única comunidad que se sintió directamente beneficiada fue Kashap. Hay diferentes versiones acerca de cuál ha sido la relación de ésta con la empresa. Hay quienes dicen que se les entregó a los pobladores 2,500 soles mensuales, y que ese beneficio se les iba a otorgar durante todo el tiempo que durara la exploración.
Zebelio Kayap dice que la empresa ha entregado a la comunidad 400,000 soles, pero que la población no estaba satisfecha debido a que sus dirigentes habían administrado mal el dinero. Sostiene: “Cuando entregaron el dinero empezaron a comprar útiles personales, bebidas. Otros invirtieron en negocios, sin cubrir sus necesidades prioritarias. Si se entrega el dinero así nomás se va a invertir mal; no en salud y educación. Va a ser como cualquier regalo de dinero. Para evitarlo se debe someter a un proceso de consulta previa libre e informada”.
Este tipo de accionar genera malestar al interior de los pueblos indígenas y también rencillas. La abogada Maritza Quispe, del IDL, formó parte del equipo que asesoró la demanda. Ella refiere que cuando acompañó al reconocido líder Santiago Manuin al pueblo de Kashap para realizar unos talleres, no los dejaron bajar del bote.
“Una comunidad no puede tomar una decisión sobre las demás comunidades que también son afectadas por la exploración. Lo que se ve ahí es la negociación directa de una sola comunidad con la empresa. No fue un proceso de consulta, sino la negociación del interesado con uno de los propietarios del terreno. Pero una comunidad sola no puede tomar decisiones sobre un lote que se superpone a 600, 0000 hectáreas. Si solo fuera el lote de la comunidad de Kashap sería diferente, pero no es así”, explica Zebelio Kayap.
Cuando empiecen los derrames, como está ocurriendo en el río Pastaza y en el río Corrientes, no solo va a ser afectada la comunidad de Kashap, sino todas las demás comunidades que están aguas abajo. La posición de los indígenas del Cenepa es reacia a la actividad petrolera, pero no intransigente. Ellos saben muy bien cuáles son los límites de su lucha. No pretenden imponer nada; por el contrario, exigen que se respete el estado de derecho. Están dispuestos a aceptar los resultados del proceso de consulta. Solo piden que ésta se realice de acuerdo a lo que dicta el convenio 169.
ZebeliovKayap finaliza la conversación con esta declaración: “Nosotros respetaremos los resultados del proceso de consulta. Daremos nuestro punto de vista ambiental, territorial, social, porque nosotros hacemos respetar siempre nuestro derecho y nuestro proyecto de buen vivir. Cualquier inversión en nuestro territorio debe insertarse en las políticas de desarrollo regional. Se trata de propuestas que hemos desarrollado durante varios años. Yo soy respetuoso de las leyes y de los intereses de nuestra población. La pregunta es: ¿por qué el Estado peruano no realiza un proceso de consulta de buena fe? ¿Por qué no realiza un estudio de impacto ambiental acorde a nuestra realidad?”.
En el Cenepa no solamente hay cuantiosos recursos naturales, no solamente hay minerales y petróleo en el subsuelo, no solamente es parte del gran pulmón del planeta. Ahí viven hombres y mujeres que estuvieron prestos cuando la patria necesitó de ellos para enrolarlos en el ejército. Ahora solo piden que esa patria cumpla con sus propias leyes.